jueves, agosto 31, 2006

LEY 26.129 CREANDO LA RESERVA NACIONAL "EL NOGALAR DE LOS TOLDOS"

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Art. 1. — Acéptase la cesión de jurisdicción efectuada por la Provincia de Salta al Estado nacional a través de la Ley Provincial Nº 7252, según texto promulgado el 29 de octubre de 2003 mediante Decreto 2099/03 del Poder Ejecutivo de la mencionada provincia, sobre el área conformada por la finca rural "San José de Huayco Grande y Pedregal", ubicada en el paraje Los Toldos, Departamento Santa Victoria e identificada con Matrícula Nº 228, cuya superficie definitiva será determinada al momento de efectuarse la mensura, a los efectos de su afectación al régimen de la Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales.
Art. 2. — Créase en el área descripta en el artículo anterior una Reserva Nacional bajo la denominación "El Nogalar de Los Toldos", afectándose la misma al régimen de la Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales e integrándose al Sistema Nacional de Areas Protegidas dependiente de la Administración de Parques Nacionales.
Art. 3. — La Ley Nacional de Presupuesto para el Ejercicio 2006 deberá prever las partidas presupuestarias necesarias para la implementación de la presente ley.
Art. 4. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
—REGISTRADO BAJO EL Nº 26.129—

Decreto 1083/2006
del 22/8/2006; publ. 24/8/2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.129 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.